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ESTATUTOS

Estatutos CEDESOR

Según el  REGLAMENTO (UE) Nº1303/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, en su artículo 34 apartado 1 sobre los Grupos de Acción local se dice que:

(…)“Los grupos de acción locales concebirán y pondrán en práctica las estrategias de desarrollo local participativo. Los Estados miembros definirán los papeles respectivos del grupo de acción local y de las autoridades responsables de la ejecución de los programas pertinentes en relación con todas las tareas de ejecución relacionadas con la estrategia de desarrollo local participativo”(…)

En el mismo artículo 34, en su apartado 3, se señalan las tareas de dichas entidades:

(…) Entre las tareas de los grupos de acción locales estarán las siguientes:

  1. Generar la capacidad de los agentes locales para desarrollar y llevar a la práctica las operaciones, también fomentando sus capacidades de gestión de proyectos.
  2. Diseñar un procedimiento no discriminatorio y transparente de selección y criterios objetivos de selección de las operaciones que eviten conflictos de intereses, garanticen que por lo menos el 50 % de los votos en las decisiones de selección provengan de socios que no sean autoridades públicas, y permitan efectuar la selección por procedimiento escrito.
  3. Garantizar la coherencia con la estrategia de desarrollo local participativo al seleccionar las operaciones, ordenándolas por prioridades según su contribución a la consecución de los objetivos y las metas de esa estrategia
  4. Preparar y publicar convocatorias de propuestas o un procedimiento continuo de presentación de proyectos, inclusive definiendo los criterios de selección.
  5. Recibir las solicitudes de ayuda y evaluarlas.
  6. Seleccionar las operaciones, fijar el importe de la ayuda y, cuando proceda, presentar las propuestas al organismo responsable de la verificación final de la subvencionabilidad antes de la aprobación.
  7. Hacer un seguimiento de la puesta en práctica de la estrategia de desarrollo local participativo y de las operaciones subvencionadas y llevar a cabo actividades de evaluación específicas vinculadas a esa estrategia (…)

Puedes descargar y consultar los Estatutos vigentes de CEDESOR (Estatutos_CEDESOR_2023).

También puedes descargar y consultar el Reglamento de Régimen Interno (Reglamento_CEDESOR_2023).